Hoy se celebra el Día Universal de los Derechos del Niño
En la provincia se ha previsto una serie de actividades desde el Ministerio de Inclusión y Desarrollo Humano, para conmemorar este día.
El día 20 de noviembre, se celebra el día universal de los derechos de los niños. En este mismo día pero del año 1989 se aprobó uno de los tratados más importante de la historia. Casi todos los países lo han ratificado menos Estados Unidos y Somalia. Todavía queda mucho por hacer, ya que muchos de los países que lo ratificaron no cumplen todos los derechos.
Hoy a partir de las 10:00 en el Faro de la Sabiduría de Parque IV Centenario, se celebrará Día Universal de los Derechos de Niño con actividades para toda la familia, con el objeto de promover los derechos de los más pequeños. Junto al Ministerio de Inclusión Social participarán de la jornada las carteras de Deportes, Medio Ambiente, Educación y Salud.
Derechos con Historia
En 1954 la Asamblea General recomendó (resolución 836(IX)) que todos los países instituyeran el Día Universal del Niño, fecha que se dedicaría a la fraternidad y a la comprensión entre los niños del mundo entero y se destinaría a actividades propias para promover el bienestar de los niños del mundo. La Asamblea sugirió a los gobiernos que celebraran el Día en la fecha que cada uno de ellos estimara conveniente. El día 20 de noviembre marca la fecha en que la Asamblea aprobó la Declaración de los Derechos del Niño en 1959 y la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.
Algunos de los Derechos establecidos
1º) El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
2º) El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
3º) El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
4º) El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
5º) El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
6º) El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
7º) El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
8º) El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
9º) El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
10º) El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.