Detalles y objetivos de la Beca puntana al mérito “Bandera Argentina”
El mérito es el factor esencial en esta beca, pues premia al esfuerzo y a la dedicación de los alumnos con más alto promedio al término de sus estudios secundarios y que sean abanderados o escoltas de la Bandera Nacional de Ceremonia.
Reconocemos el valor del mérito por los desempeños académicos destacados y el esfuerzo escolar expresado en los abanderados que portan o escoltan la bandera de la patria.
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Este plan combina programas tales como los basados:
En el mérito: pues se otorgará a alumnos del secundario destacados en lo académico y los compromete a conservar dichos méritos;
Por necesidad: que contempla la retribución de sus conocimientos y logros profesionales al momento de recibirse;
En carrera específica: al propiciar o fomentar áreas específicas de estudio, profesión o especialización según las necesidades sociales o líneas estratégicas en políticas de Estado; y de universidades específicas: como forma de fomentar universidades o zonas geográficas con pocos estudiantes.
Respuesta a los pedidos de los alumnos
Con la firme decisión de fomentar los estudios superiores, es intención del Poder Ejecutivo, habiendo escuchado de manera individual y pormenorizada a los alumnos abanderados de todo el territorio provincial, distinguir con una beca educativa denominada “Beca Puntana al Mérito Bandera Argentina”.
Qué se busca fomentar?
Esta beca pretende, fomentando la cultura del esfuerzo, acompañar la formación superior, aspirando que los estudiantes, puedan devolver, una vez ya profesionales, la inversión que la provincia de San Luis en su conjunto haya realizado en ellos.
Destinatarios
La Beca Puntana al Mérito Bandera Argentina está destinada a los alumnos portadores de la Bandera Nacional de Ceremonia y a los dos promedios subsiguientes, egresados del nivel secundario de establecimientos educativos de gestión estatal y privada de todas las orientaciones y modalidades.
Plan Educativo 20/30
Se considerarán los 100 mejores promedios provinciales a distribuir según las diferentes etapas:
1ª etapa de 2 ½ años: cuarenta (40) becarios
2ª etapa de 1 ½ años: cuarenta (40) becarios
3ª etapa de 6 meses: veinte (20) becarios
Monto mensual de la beca y su destino
La beca será de $2000 mensuales, actualizable según disposición del Poder Ejecutivo Provincial con motivo de sufragar la continuación de estudios superiores, en la provincia, en el país o en el extranjero.
Posibles criterios prioritarios
El Poder Ejecutivo puede establecer criterios prioritarios sobre las carreras, estudios y profesiones de interés público, estratégico, geográfico y/o de desarrollo provincial y regional. En el mismo criterio prioritario se podrá incluir a universidades instaladas en el territorio provincial.
Compromiso de devolución en servicios a la provincia
Para ser beneficiario, el estudiante deberá formalizar ante escribano público el compromiso ético de ejercer sus servicios profesionales en la provincia en cualquiera de sus formas (docencia, ejercicio de la profesión, investigación y demás), sin distinción en el sector estatal o privado, por el mismo tiempo de duración de la beca.
En caso de que el profesional continúe con estudios de posgrado o especialización fuera de la provincia, el cumplimiento del compromiso se difiere hasta la finalización de los referidos estudios.
Una vez cumplido dicho plazo, el profesional quedará liberado de tal obligación.
Causales de caducidad
- Desempeño académico insuficiente.
- Atraso o abandono injustificado de las actividades académicas.
- Cambio de carrera o institución dentro del primer año de vigencia de la beca, sin la autorización previa de la autoridad de aplicación.
- Expulsión definitiva y firme del becario de la institución académica.
- No cumplimiento del deber de informar en tiempo y forma los avances de la carrera.
- Suministro de datos falsos o la alteración de documentos relacionados con el otorgamiento de la beca.
- La voluntad expresa del becario.
Carácter personalísimo
La Beca tiene carácter intuitu personae y, en consecuencia, no puede ser transferida, cedida y/o heredada.
Financiamiento
Se crea el Fondo Provincial Beca Puntana al Mérito Bandera Argentina.
Las fuentes serán:
a) Financiamiento del sector privado, sean personas físicas o jurídicas.
b) Financiamiento del Presupuesto Público Provincial.
c) Financiamiento de Asociaciones Civiles, ONG y/o Entes Nacionales o Internacionales de fomento a la educación.
d) Financiamiento de Presupuestos Municipales.
e) Financiamiento de Programas Nacionales.
Las personas físicas y/o jurídicas que efectúen donaciones al fondo, serán distinguidas como “aliado estratégico de la educación y del progreso de San Luis”.
El aporte del sector privado podrá tener una afectación específica en función de determinadas carreras o especializaciones, o bien será aplicada de manera general al referido fondo.
Vigencia
La presente ley será de aplicación a partir de la promoción de egresados año 2013, y la beca educativa puntana “Bandera Argentina” será abonada a partir del 1 de enero de 2014
Duración máxima
La que posea el programa académico de la carrera de nivel superior elegida y tendrá vigencia hasta seis meses posteriores a la finalización de la cursada.