TENEMOS FUTURO
A quienes alcanza el nuevo plan de viviendas
Los destinatarios de este plan serán familias: matrimonios y/o uniones convivenciales; padres con hijos o madres con hijos y a parejas con hijos.

Unión convivencial contempla todas las uniones convivenciales realizadas hasta el miércoles 16 de abril, inclusive, día de emisión del decreto de llamado a inscripción. Pueden tener, o no, hijos, no es un requisito para quienes se encuentran bajo esta figura legal. No podrán inscribirse en el plan de viviendas quienes hayan realizada la Unión Convivencial después del 16 de abril.
Matrimonios incluye a todos los ciudadanos que se hayan casado por civil (excluyente). Pueden inscribirse en el plan de viviendas quienes se casen antes de finalizada la inscripción (21 de julio). Pueden tener, o no hijos, no es un requisito para quienes se encuentran bajo esta figura legal.
Madre o Padre / sola/o con hijo/s Incluye a todos los ciudadanos, solteros o legalmente divorciados, que no poseen pareja conviviente y tienen hijo o hijos a su cargo.
Parejas con hijos contempla aquellas parejas conviviente que tienen hijos a cargo, ambos integrantes de la pareja solteros o divorciados, que por distintos motivos decidieron no contraer matrimonio o realizar la unión convivencial. Incluye a las denominadas: ‘familias ensambladas’.