Otro éxito jurídico de la Provincia
La CSJN falló a favor de San Luis, y la Nación no podrá afectar los fondos de la coparticipación y deberá enfrentar con recursos propios las rebajas de tributos efectuadas por decretos.
El presidente Macri, el miércoles siguiente a las PASO luego de pedir disculpas por los exabruptos de la conferencia de prensa del lunes, anunció que reducía varios impuestos coparticipables. Lo hizo por decreto, una decisión unilateral del Ejecutivo nacional, que afectaba recursos de las provincias.
Casi de inmediato, varias provincias presentaron ante la Corte recursos de amparo solicitando como medida cautelar que no se le redujeran los recursos coparticipables. Ayer, la Corte decidió hacer lugar a la medida cautelar, y disponer “en la medida de las inconstitucionalidades aquí alegadas, sean asumidas con recursos propios del Estado nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a la provincia de San Luis.”
El gobernador, Alberto Rodríguez Saá, que ya había criticado la medida impositiva que no llevaba alivio a los bolsillos de los consumidores, pues con la rebaja del IVA no se rebajaron los precios, utilizó la red social Twitter, informando sobre el fallo, expresando su satisfacción y compartiendo la nota periodística que se le realizó al fiscal de Estado de San Luis, Eduardo Allende, manifestando: “Explica en detalle lo que yo llamo ‘defender los intereses de la Provincia’”.


Para decirlo sencillo, la Corte le dijo al presidente, si usted toma medidas cautelares, hágalo con sus recursos. Me recuerda la sabiduría popular hecha dicho: “Es fácil ser generoso con el bolsillo ajeno”.
El decisorio del Máximo Tribunal de Justicia, tuvo un voto en disidencia, el del ministro Rosenkrantz. Que sin entrar al fondo de la cuestión, consideró que las provincias no tenían legitimación activa, para plantear el caso. Dejó además algunos conceptos preocupantes cuando se refirió a la Ley 23.548 de coparticipación federal, al entender que las provincias solo tienen derecho a participar en el producido de los impuestos y va más allá considerando que solo podrían reclamar si el nivel coparticipado es inferior al 34% del total recaudado. Preocupante.
La Nación tiene existencia jurídica a partir de la delegación de poderes que le realizaron las provincias, que son preexistentes. En temas impositivos ¿Las provincias le delegaron su derecho sobre ellos o solo la posibilidad de recaudarlos?
Fallo completo: FALLO CSJN IVA