PLANES PROGRESO Y SUEÑOS
Convocan a preadjudicatarios de viviendas de San Luis, Villa Mercedes y La Punta
Con el objetivo de actualizar la documentación presentada al momento de la inscripción y verificar que se cumplan los requisitos que exige la ley, desde la intervención de la Secretaría de Urbanismo, Vivienda y Parques se convoca a los preadjudicatarios de los planes Progreso y Sueños de las ciudades de San Luis, Villa Mercedes y La Punta.
Las personas que deben presentarse en la Secretaría de Vivienda son las que fueron preadjudicadas por decretos en el año 2014 en los barrios 1000 viviendas, ubicado en Avenida Serranías Puntanas de la ciudad de San Luis; 900 viviendas y 600 viviendas de la ciudad de La Punta y, en el caso de Villa Mercedes, los preadjudicatarios de las viviendas que pertenecen al barrio de las 640 zona este, que deberán asistir al Centro Cívico de esa ciudad.
Los preadjudicatarios de San Luis y La Punta deberán dirigirse a las oficinas de la Secretaría que están ubicadas en planta baja del Edificio Estrategias (Verde) de Terrazas del Portezuelo y los mercedinos al Centro Cívico de Villa Mercedes en los siguientes días y horarios, en orden alfabético para su mejor atención:
Apellidos que comiencen con la letra A a la letra F: martes 5 de julio de 08:00 a 13:00
Apellidos que comiencen con la letra G a la letra O: miércoles 6 de julio de 08:00 a 13:00
Apellidos que comiencen con la letra P a la letra Z: jueves 7 de julio de 08:00 a 13:00
Los preadjudicatarios deben presentarse para que se actualicen sus legajos y se verifique si cumplen los requisitos legales.
Requisitos:
Fotocopia del DNI y partida de nacimiento del titular y el grupo familiar.
Acta de matrimonio o certificado de convivencia.
Una copia de la cuota paga de junio (deben estar al día con los pagos).
Acreditar ingresos del titular y del grupo familiar.
No tener derecho de dominio o condominio sobre inmuebles en San Luis o la provincia de origen.
Ni el titular, ni los miembros del grupo familiar deben ser beneficiarios en planes de viviendas municipales, provinciales o nacionales.
Tampoco deben ser condenados por delito de usurpación (Poder Judicial), ni tener juicio como actor o demandado contra el Estado Provincial (Fiscalía).
Nota y foto: Gisela Perroni – Prensa Secretaría de Urbanismo, Vivienda y Parques.
Corrección: Berenice Tello.