Residuos sólidos urbanos

El gobernador Poggi promulgó dos nuevas leyes ambientales


Esta tarde, el gobernador, CPN Claudio Poggi, firmó los decretos. Una de las normas legisla sobre una gestión integral de los residuos sólidos urbanos y la otra sobre los estudios de impacto ambiental.

El gobernador firmó en su despacho los decretos
El gobernador firmó en su despacho los decretos
El gobernador firmó en su despacho los decretos

La de RSU (Residuos Sólidos Urbanos) busca establecer una gestión integral de los desechos domiciliarios mediante el reemplazo del basural a cielo abierto por un tratamiento que implica el reciclado y la correcta disposición final de los materiales orgánicos y los no reciclables.

La Gestión Integral de los RSU, GIRSU, comprende todas las etapas en la cadena de manejo: generación en el hogar, recolección, transporte, tratamiento, transferencia y disposición final.

“La ley naturalmente regula la obligación primaria de los Municipios de llevar adelante una adecuada Gestión Integral de los RSU, facultando a la Provincia a sancionar a los Municipios en caso de incumplimiento; prohibiendo los basurales a cielo abierto y su quema”, destacó la ministra de Medio Ambiente, Daiana Hissa.

La Ley de Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley N° IX-0876-2013) se desprende de una norma sancionada por la Nación en 2002, la Ley General del Ambiente N° 25.675, que establece presupuestos mínimos para las Provincias. Contempla, entre otras cuestiones, la obligación de la evaluación del estudio de impacto ambiental de toda obra o actividad que pueda  degradar el ambiente o afectar la calidad de vida de la población, previo a su ejecución.

En base a esto, el Poder Ejecutivo Provincial fue operativizando esta herramienta mediante normativa provincial. Primero dictó la resolución 17-MMA-2010, que reguló el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, para luego, tras la experiencia adquirida, dictarse el Decreto N° 4504-MMA-2011. El 4 de diciembre se sancionó  la ley IX-0876-2013 que hoy se promulgó.

Esta nueva legislación permite establecer el procedimiento definitivo de evaluación de impacto ambiental y los parámetros mínimos a los que deben ajustarse los procedimientos, tanto en jurisdicción provincial como municipal.

“Con la vigencia de esta norma todo pliego de obra pública y emprendimiento privado de cierta envergadura, requiere, como en todo el país, de un estudio de impacto ambiental, que debe ser  presentado al Ministerio de Medio Ambiente. Nosotros evaluamos aspectos arquitectónicos, geológicos, biológicos, hidrológicos, topográficos, de accesibilidad vial y urbanísticos, entre otros. Luego se emite una declaración de impacto ambiental (DIA), que es el documento final que garantiza que la obra no cause daño contra la salud de la población o el medio ambiente”, resumió la ministra.

Nota: Paula Kraliczek – Prensa Ministerio de Medio Ambiente.

Foto: Eduardo Russo.


Agencia de Noticias San Luis

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