SEGURIDAD JURÍDICA
El Registro de la Propiedad invitó a los ciudadanos a acceder al programa ‘Protegé tu Casa’
Este servicio de protección de la vivienda familiar respalda uno de los ejes impulsados por el Gobierno, orientado al fortalecimiento de las instituciones. Por consiguiente, la población general puede asesorarse y gestionar el trámite, que es gratuito.

El programa habitacional ‘Protegé tu Casa’ permite que las familias sanluiseñas, tras inscribir sus viviendas en el registro, puedan asegurarlas ante cualquier problema económico. De esta manera, sus hogares no pueden ser rematados o ejecutados posteriormente.
El trámite es gratuito y, para efectuarlo, es requisito presentar la escritura del titular o de los titulares dominiales, fotocopia del DNI, libre deuda e impuesto inmobiliario y, en caso de querer designar beneficiarios, el acta que acredite el parentesco (acta de matrimonio, de convivencia o de nacimiento).
La directora del Registro de la Propiedad Inmueble, Paula Heredia, se refirió a los tipos de beneficiarios. “Primeramente, son el propio constituyente, el propietario ascendiente, descendiente o también el conviviente o cónyuge. Al margen de ellos, también pueden ser los colaterales hasta el tercer grado, siempre que convivan en ese inmueble con el titular”, precisó.
Un detalle importante sobre esta protección jurídica es que tiene algunas excepciones: “Lo que antes era el ‘bien de familia’, que luego de la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación pasó a llamarse ‘protección de la vivienda’, está regulado en los artículos 244 a 256 de este mismo código”, apuntó Heredia.
El artículo 249 prevé cuatro excepciones que no van a estar protegidas de esta ejecución. En principio, las obligaciones por expensas comunes, ya sea impuestos, tasas o contribuciones de ese mismo inmueble. Secundariamente, la obligación alimentaria de la persona: el titular que tenga deudas por sus hijos o por alguna persona con capacidad disminuida que tenga a su cargo. En tercer lugar, las obligaciones que tengan origen en alguna mejora que hiciera en la misma casa. Y por último, las obligaciones con garantías reales que estuvieran constituidas de acuerdo a la ley.
A pesar de esos casos, todo lo demás queda protegido y no puede ser rematado luego de la inscripción en el registro. Los interesados pueden pueden comunicarse al correo electrónico [email protected] y al teléfono 2664-51298 o a través de la Autopista de la Información 2664-452000 ó 4452010, internos 1264 y 1267.
Una vez que cumplan con los requisitos, pueden asistir de manera personal al Registro de la Propiedad ubicado en la esquina de las calles Rivadavia y Ayacucho, desde las 8:00 hasta las 14:00. “Tenemos personal especializado que los espera y en el mismo momento hacemos el trámite: se llena un formulario, la persona titular que tenga los requisitos firma. Para las personas que viven en el interior provincial, lo tramitamos en el mismo día, mientras que los residentes de la capital podrán completar el trámite al día siguiente”, dijo la funcionaria.
“Es para todas las viviendas, se trata de un trámite que siempre estuvo disponible en el Registro, solo que no se le había dado la debida publicidad. Desde el lanzamiento de ‘Protegé tu Casa’, en octubre de 2024, hemos procesado más de 320 solicitudes de protección de la vivienda“, afirmó Heredia,
Heredia manifestó que la este tipo protección es indefinida hasta que sea desafectada. Esto quiere decir que no tiene límite de protección. “Incluso, pueden vender la vivienda y se mantendrá la protección, salvo que, por supuesto, el nuevo adquiriente quiera sacarla. Ustedes me preguntarán por qué alguien querría sacar la protección: justamente porque puede utilizarla para garantía de algún crédito.
En referencia a algunas inquietudes planteadas, la funcionaria dijo que “el trámite no requiere ningún sellado ni nada. Hay gente que por ahí confunde que designar a un beneficiario significa transmitirle la propiedad. No se transmite para nada, lo único que hace es dejar protegido el inmueble de las personas que vivan en esa casa para que no sea rematada. No hay ningún anticipo de herencia, testamento ni donación“.