PRODUCCIÓN
Oficializaron la baja de retenciones para el sector productivo
La baja de retenciones para los principales cultivos del campo, entre ellos la soja, y su eliminación para las economías regionales, comenzó a regir este lunes tras la publicación de la medida en el Boletín Oficial Nacional. El objetivo del decreto es establecer una reducción en los derechos de exportación para ciertos productos, con el fin de fomentar la producción nacional, promover exportaciones y fortalecer la competitividad del sector agroindustrial y otras cadenas productivas estratégicas.
El decreto 38/2025 firmado por el presidente, Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, quedó oficializado y estará vigente hasta el 30 de junio para el caso de la soja (tanto el grano como el aceite y la harina), el trigo, la cebada, el girasol y el sorgo. Para las economías regionales, en cambio, la eliminación de las retenciones será permanente.
La supervisión y reglamentación del mecanismo estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la secretaría de Agricultura y el Banco Central (BCRA). Las medidas buscan mitigar los efectos adversos del cambio climático y precios internacionales bajos en el sector agroindustrial, que representa más del 60% de las exportaciones nacionales. Además, se pretende fortalecer las economías regionales, aumentar la calidad de los productos exportados y simplificar trámites para mejorar la inserción internacional de Argentina.
Trabajo conjunto entre nación y provincias
El anuncio y la implementación de estas medidas fueron acompañados por un trabajo articulado entre el gobierno nacional y las provincias de cuyo en el marco del Consejo Federal Agropecuario (CFA). Durante la última jornada para la región de Cuyo, funcionarios nacionales encabezados por el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Sergio Iraeta, trabajaron junto a las provincias de la región en temas estratégicos para el sector agroindustrial, delineando una agenda común para toda la cadena productiva.
“Estas reuniones aseguran que las decisiones se tomen considerando las necesidades específicas de cada región. La participación activa de cada provincia es fundamental para un desarrollo agropecuario equilibrado y sostenible”, expresó Federico Trombotto, ministro de Desarrollo Productivo de San Luis.
Por otro lado, el Ministro mantuvo una reunión clave con Juan Pazo, secretario de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía. Durante el encuentro, se analizaron las propuestas provinciales para fortalecer la competitividad del sector agroindustrial y se destacó la importancia de una mirada integral para lograr un desarrollo sostenible y equitativo en todo el país.
Medidas
Hasta el 30 de junio, las alícuotas aplicadas a los principales cultivos tendrán las siguientes modificaciones: la soja en grano reducirá su tasa del 33% al 26%, mientras que sus derivados disminuirán del 31% al 24,5%. Los derechos de exportación del trigo se ajustarán al 9,5%, en lugar del 12% vigente hasta ahora, al igual que la cebada, el maíz y el sorgo. En tanto, el girasol tendrá una baja del 7% al 5,5%.
Respecto a las economías regionales, ciertos productos que aún tenían retenciones residuales pasarán a una alícuota del 0% de manera definitiva. Entre ellos se encuentran el azúcar, el algodón, los cueros bovinos, el tabaco, la forestoindustria y el arroz, los cuales generaron exportaciones superiores a los 1.100 millones de dólares durante 2024.
Alícuota 0%:
Se fija en 0% la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) para los productos detallados en el Anexo I de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), entre los que se encuentran: el azúcar, las preparaciones alimenticias, el algodón, el cuero bovino, las bebidas, los ovinos (lana y cueros), el tabaco, la forestoindustria, el arroz, el maní, las golosinas, los chocolates, entre otros. Esta eliminación será permanente y se suma a la eliminación de las retenciones para el resto de las economías regionales que había sido establecida en septiembre de 2023.
Reducción temporal:
Hasta el 30 de junio de 2025, se aplican alícuotas reducidas (según el Anexo II) como en el caso de la soja y los demás cultivos de la región centro, siempre que los exportadores cumplan con liquidar al menos el 95% de las divisas obtenidas dentro de los plazos establecidos (el decreto establece como requisito para acceder al beneficio la liquidación, dentro de los 15 días hábiles, del 95% de lo declarado en la Declaración Jurada de Venta al Exterior).
De no cumplirse los requisitos de liquidación de divisas o plazos establecidos, se pierde el beneficio y el exportador deberá pagar la alícuota anterior, además de enfrentar posibles sanciones.
El tratamiento arancelario reducido aplica para ‘Declaraciones Juradas de Venta al Exterior’ (DJVE) presentadas entre la entrada en vigencia del decreto y el 30 de junio de 2025.