LUCHA CONTRA EL CORONAVIRUS
Medidas vigentes del Comité de Crisis
A continuación las actividades habilitadas y las suspendidas según decreto.
Actividades habilitadas:
La circulación desde las 6:00 hasta las 20:00. Están exceptuados de esta medida las personas definidas como esenciales, por ejemplo, industrias, estaciones de servicio, comercios alimenticios, farmacias, personal de salud y delivery.
Toda la actividad comercial, gastronómica y de servicio desde las 6:00 hasta las 19:00, excepto aquellas definidas como esenciales, con una ocupación máxima del 30% de su capacidad. Luego de este horario, los bares y restaurantes deben trabajar con modalidad delivery.
Los encuentros esenciales en domicilios particulares y al aire libre con un máximo de 10 personas.
Las actividades culturales según protocolo vía streaming o al aire libre.
Los deportes y actividades físicas grupales solo al aire libre.
Solo de manera individual, la oración en templos y la asistencia espiritual.
El dictado de clases presencial con asistencia optativa, según criterio de padres o tutores. Quienes no asisten presencial reciben clases virtuales.
Actividades no habilitadas:
Las que desarrollan las instituciones de educación no formal, como institutos de idiomas, cocina, danzas, entre otras.
Las actividades recreativas, culturales, religiosas, físicas grupales y deportivas en espacios cerrados, por ejemplo, actividad física desarrollada en gimnasios, salas de cine, casinos, ceremonias religiosas, fiestas infantiles en salones o peloteros.
Los eventos deportivos provinciales, competitivos o recreativos, federados o no federados.
Los eventos que impliquen concurrencia masiva de personas y fiestas patronales provinciales.
Los parques provinciales, espacios públicos deportivos, museos y casas culturales públicas, por ejemplo, Ave Fénix, Parque de las Naciones y Parque La Pedrera se encuentran cerrados.
El trabajo de los agentes de la administración pública, plan de Inclusión Social y los becarios 22 AG, se realiza vía remota, excepto los esenciales.