PARA TODA LA PROVINCIA
Frecuencias y destinos del transporte interurbano y “Transporte para todos”
A partir del DNU de Nación, el Gobierno provincial dictó el Decreto Nº 5832, el cual en el Artículo 3º establece que la circulación del servicio de transporte público de pasajeros interjurisdiccional, interurbano, no regular y ‘Transporte para todos’, entre localidades que revistan distinto estatus epidemiológico (circulación entre “Resguardo Responsable, Preventivo y Obligatorio” y “Distanciamiento Físico, Responsable y Obligatorio”), sea regulado por la Secretaría de Estado de Transporte, quien deberá determinar las medidas mínimas e indispensables en el marco de la situación sanitaria, y según las normas vigentes.
Es por esto que en un acuerdo con intendentes de la provincia se estableció la Resolución Nº34 con los corredores y horarios para el transporte de pasajeros.
Nota y fotos: Prensa Secretaría de Transporte