SAN LUIS AGUA
Agua cruda y potable: diferencias y alcances
La primera categoría es administrada por el Gobierno puntano y refiere a la gestión integrada del recurso que es almacenado y/o transportado por medio de la infraestructura hídrica provincial como son los diques, acueductos, canales, pozos públicos y perforaciones.
Las competencias en materia hídrica de la política gestionada por San Luis Agua se amplían en lo referido al recurso utilizado por los consorcios de riego, productores, cooperativas y municipios en toda la provincia, ya que la sociedad estatal es el ente que aporta el agua a través del sistema de acueductos hasta el ingreso a las plantas de potabilización.
Una vez que el agua cruda ingresa en las plantas de tratamiento, comienza el proceso de potabilización que la convierte en apta para el consumo humano; siendo esta etapa de incumbencia municipal. El agua ya potabilizada se distribuye por medio de la red domiciliaria que existe en las ciudades, a cada unidad habitacional.
Así, en términos generales, el público destinatario de la política hídrica operada por San Luis Agua son los usuarios productores, regantes y consorcistas; es decir usuarios de agua cruda destinada a la producción; mientras que en el caso del agua distribuida por la red domiciliaria y gestionada por los entes municipales, los destinatarios del servicio son los habitantes de los pueblos, localidades y ciudades de la provincia.
La diferenciación entre ambos conceptos resulta importante para los usuarios tanto de agua cruda, como de agua potable ya que según el caso, las consultas, reclamos o sugerencias que pudieran tener los usuarios de deben ser dirigidas a la autoridad provincial o municipal, según corresponda.
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Nota y foto: Prensa San Luis Agua SE.