Asesoramientos móviles sobre el régimen de protección de la vivienda
Con el objetivo de acercar a la población los servicios que presta el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, arrancaron este lunes una serie de operativos móviles de asesoramiento jurídico destinados a asociaciones civiles sin fines de lucro y a vecinos en general.
Serán brindados por profesionales de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble y de la Dirección Provincial de Constitución y Fiscalización de Personas Jurídicas.
Esta destinado a miembros de asociaciones que quieran recibir información sobre cómo presentar los trámites o conocer el estado en el que se encuentra la Institución.
La población en general podrá asesorarse sobre el trámite para iniciar la afectación o desafectación de la propiedad al Régimen de Protección de la Vivienda (anteriormente llamado Bien de Familia).
Días, lugar y horario
- Lunes 10 de abril, de 16:00 a 19:00, en la calle Virorco 3106, del barrio Jardín San Luis.
- Miércoles 12 de abril, de 16:00 a 19:00, en barrio Gastronómico, manzana 87, casa 72.
- Martes 18 de abril, de 16:00 a 19:00, en la calle Arancibia Rodríguez 623, del barrio 208 Viviendas.
- Jueves 20 de abril, de 16:00 a 19:00, en la calle Leandro N. Alem 2209, del barrio Pueblo Nuevo.
Requisitos para la afectación:
- Primer testimonio de la Escritura Pública por la que se adquirió el dominio (original).
- Los titulares de dominio afectantes deberán acompañar copia de DNI y concurrir a firmar en días y horarios hábiles administrativos.
- Documentación necesaria para acreditar parentesco: acta de matrimonio, acta o certificado de convivencia, acta de nacimiento, declaratoria de herederos, etc. – (Todas las actas o documentos deberán estar certificados por el Registro Civil, escribano o autoridad competente y expedido únicamente para el trámite de protección de la vivienda). – Libre deuda de Impuesto Inmobiliario.
Requisitos para la desafectación:
- Primer testimonio de la Escritura Pública por la que se adquirió el dominio (original) y donde conste el Sello de Afectación al Régimen de Protección de la Vivienda.
- Los titulares de dominio desafectantes deberán acompañar copia de DNI y concurrir a firmar en días y horarios hábiles administrativos. En caso de estar casado o en unión convivencial inscripta se requiere el asentimiento del cónyuge o conviviente.
Nota y Foto: María Paz Ruggeri – Prensa Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto.