POTRERO DE LOS FUNES
Destacados juristas disertaron en la segunda jornada del Congreso de Derecho Penal
Con una nutrida agenda de conferencias y paneles que se desarrollaron en la Caja de los Trebejos del Hotel Potrero de los Funes, disertantes de distintos puntos del país y de países extranjeros expusieron ante los asistentes las respectivas temáticas con respecto a la especialidad. Durante la jornada disertaron Guillermo Vidal Albarracín, Gustavo Aboso, Mario Laporta y Carlos González Guerra.
El miembro de la Comisión Revisora del Código Aduanero e integrante del directorio del Colegio de Abogados de la ciudad de Buenos Aires, Guillermo Vidal Albarracín, estuvo a cargo de la conferencia denominada “Los delitos aduaneros en el anteproyecto del Código Penal”. Al respecto manifestó que es necesario el tratamiento de los delitos aduaneros en función de todo el ordenamiento legal, lo que debería estar previsto en el anteproyecto del Código Penal.
Durante este jueves, en la Caja de los Trebejos, se llevaron a cabo diversas conferencias y paneles en el marco de la segunda jornada del III Congreso Internacional de Derecho Penal.
Asimismo, afirmó que con la sanción del Código Aduanero, se logró una sistematización más armonizada y conectada con el Código Penal, de manera que “lo que no esté previsto en la Ley Especial va a regir en el Código Penal”. Y también se refirió positivamente al anteproyecto de reforma del Código Penal, que ubica los delitos aduaneros en el orden socioeconómico y financiero, incorporando como delitos el contrabando de obras culturales y paleontológicas, entre otros, que antes no se contemplaban.
Por su parte, el defensor oficial de Cámara en lo Penal, Contravencional y Faltas del Poder Judicial de la ciudad de Buenos Aires, Gustavo Aboso, disertó sobre “Los delitos ambientales en el anteproyecto y su comparación con la actual regulación en el derecho argentino”. El especialista se refirió al planteo del anteproyecto del Código Penal con respecto a los delitos medioambientales, manifestando que en esos casos, no es el juez quien define cuando una acción es contaminante o no, sino que está en manos de un funcionario público competente encargado de autorizar y controlar el tratamiento y destino de residuos peligrosos.
Aboso manifestó que para garantizar el cumplimiento y correcta aplicación de los derechos mediombientales, es necesario incluir en el anteproyecto solamente el apartado de delitos ambientales –que son materia de tratamiento penal–; y no las infracciones menores –que pertenecen al derecho administrativo y sólo implican una sanción económica–, ya que ambos presentan principios y sistemas procesales diferentes.
La temática “El problema no resuelto de la condena directa en casación” estuvo a cargo de Mario Laporta, quien señaló: “Nosotros tenemos un problema desde hace mucho tiempo, que hace poco se empezó a hablar, que es cuando una persona que es absuelta después de un juicio oral, y el acusador presenta un recurso contra eso, ¿en qué situación se ve el Tribunal de Apelación en el ámbito nacional de la Cámara Federal de Casación Penal, para satisfacer ese derecho que tiene el acusador de recurrir?”.
Al respecto, explicó que la Cámara de Casación tiene dos alternativas, es decir, dicta una condena directamente o bien reenvía a que se haga un nuevo juicio. “Hace poco se empezó a hablar de los problemas que esto trae. La Corte Suprema dictó algunos fallos indicando limitaciones a la posibilidad de que se haga un nuevo juicio, por varias razones, pero principalmente también con la posibilidad de que sea el Tribunal de Apelación, que en una única instancia decida la suerte de esta persona absuelta”.
Laporta sostuvo que ante esta situación, hay un problema central, ya que la persona que es condenada por el Tribunal de Apelación, no tiene dentro del sistema, una posibilidad de recurrir esa decisión, “y la Corte Nacional y la Corte Interamericana, han aceptado que existe un derecho a un recurso y que además, ese recurso debe ser amplio. La única posibilidad que tiene hoy, aquel que es condenado en forma directa por el Tribunal de Casación, es ir a la Corte y que la Corte le haya dicho varias veces, que su intervención no garantiza el derecho a recurso, entonces aquí se encuentra encerrado”.
El prestigioso letrado Carlos González Guerra, abordó la temática “Algunas cuestiones prácticas sobre delitos contra el honor”. En este sentido, explicó que esto tiene que ver con un contexto particular que se vive en Argentina, que son las elecciones nacionales “que vamos a tener este año y el hecho de que suelen producirse muchas afectaciones al honor de determinados funcionarios públicos, en el contexto de la campaña electoral”.
El especialista se refirió a un reconocido caso en el que Argentina fue condenada como país por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Al respecto, manifestó: “Yo creo contra lo que se planteó en esa reforma, que esto no es correcto, que los funcionarios a pesar de ser funcionarios tienen un umbral de honor que debe protegerse”.
González Guerra aclaró que “ese umbral de honor que debe protegerse es el límite de la dignidad, claro está, que es distinto el honor que pueden tener ustedes o que puedo tener yo como personas privadas que no estamos en el ámbito público, que obviamente la protección al honor que tenemos por parte del sistema penal debe ser mayor”. Y agregó: “El funcionario público, por el hecho de exponerse a una función de estas características, va a tener una protección del honor un poco mejor. Sin embargo, yo creo que no se puede excluir por completo”.
Nota: Prensa Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto
Fuente y fotos: Prensa Poder Judicial