INFORME ESPECIAL
Trata de personas y política pública
El fenómeno de la trata de personas constituye un delito tipificado por la legislación nacional en el Código Penal por la Ley 26.842, sancionada en diciembre de 2012, definiéndola como “el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países”, las modificaciones legislativas y los esfuerzos de las provincias no han alcanzado para salvar la falta de registros estadísticos sistemáticos y confiables, así como el escaso nivel de denuncia, que dificultan cuantificar y cualificar la magnitud del problema en el país.
La trata está vinculada con la discriminación y la inequidad que está detrás de tantas violaciones a los derechos humanos.
En la Provincia de San Luis, el Ministerio de Inclusión Social, a través del Centro de Asistencia a la Víctima del Delito, integra el Consejo Federal de Oficinas de Asistencia a las Victimas y asume el compromiso de generar acciones de asistencia a víctimas de la trata de personas, capacitación, jornadas de intercambio y articulación con organismos gubernamentales, elaboración de documentos y campañas de difusión y sensibilización masiva sobre el tema.
San Luis, a través de la sanción de la Ley N° 834/12, prohíbe en todo el territorio de la provincia el funcionamiento, instalación, habilitación, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación bajo cualquier forma, medio, modalidad o denominación –de manera ostensible o encubierta– de whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne. Esta norma no se trata de una ley que busca solamente cerrar estos lugares y no dar respuesta a la problemática existente de fondo. Tampoco no se trata de una ley que pretende perseguir a las mujeres en situación de prostitución: se trata de una norma que contiene el diseño de una política pública integral de parte del Estado para encarar el flagelo de la explotación sexual, brindando a su vez contención y oportunidades de inclusión social positiva restituyendo el derecho a la integridad y dignidad de las personas.
El jefe del Centro de Asistencia a la Víctima, Pablo González, con respecto a la ley, expresó “la norma establece múltiples competencias que exceden el marco de la prohibición, sino que va mas allá y determina acciones de corte preventivo, como la incorporación de la problemática de la trata y la explotación de personas en las currículas educativas; medida que tiene por objeto que, tanto docentes como estudiantes, puedan identificar la problemática y evitar ser víctimas o un eslabón cómplice de este delito. A la vez, fue una de las primeras provincias del país que prohibió la oferta de servicios sexuales en los diarios y revistas, en la firme convicción de que este tipo de publicaciones denigran a las mujeres, reafirman el estereotipo de la mujer-objeto sexual, transmiten la idea de un género femenino servil y que podían encubrir situaciones de trata, proxenetismo y explotación sexual de menores, este tipo de medidas concretas y sin eufemismos evita la discriminación y la estigmatización del género femenino y a la vez desnaturaliza la explotación sexual”.
En abril de 2012, se realiza la primera reunión nacional de autoridades en materia de trata de personas, la provincia de San Luis, representada por el Centro de Asistencia a la Víctima del Delito, suscribe la responsabilidad de la designación de Punto Focal provincial para la implementación del Protocolo Nacional de Asistencia a Víctimas de Trata de Personas, que refleja el compromiso de trabajar en forma conjunta a nivel federal.
El titular del Centro de Asistencia expuso “este protocolo implica que un país tiene que investigar al respecto, tomar medidas para combatir el delito, proveer de un armazón legal que pueda penalizar este tipo de delitos, hacer campañas masivas para prevenir y dar apoyo a las víctimas”
Por su parte, el ministro de Inclusión Social, Federico Tula Barale, comentó “una de las principales ventajas con las que cuentan los captadores y explotadores es el miedo de la sociedad, la oscuridad, lo siniestro, donde este delito logra esconderse. En San Luis estamos en contra de esa inercia, contra la naturalización de estas prácticas aberrantes, son redes de complicidades, contra las que la sociedad debe luchar. Sin clientes no hay trata o, mejor, sin personas prostituyentes, para eliminar la concepción de libre circulación de productos y mercancías. No nos olvidemos que los prostíbulos están prohibidos por Ley desde 1937, con la sanción de la normativa 12.331. Sin dudas, se trata de la ley más violada de toda la legislación argentina, por esto el gobernador, Claudio Poggi, con una gran sensibilidad e inteligencia, dictó la ley que le dice `BASTA´ a la trata de personas”.
Nota y Foto: Prensa Ministerio de Inclusión Social