MEDIO AMBIENTE

La Legislatura aprobó la ley de residuos sólidos urbanos


La Cámara de Senadores otorgó a la ley que regula la gestión integral de residuos sólidos urbanos, la media sanción que restaba para hacerla efectiva. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Medio Ambiente.

La norma tiene la finalidad de establecer la obligación de contar con un sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), que garantice las condiciones mínimas igualitarias ambientales a todos los habitantes.

“La basura es un problema mundial y necesitamos contar con un manejo adecuado para preservar nuestros recursos y medioambiente, a la par de disminuir los efectos negativos que produce. El Gobierno provincial inició un plan para construir plantas de reciclado y tratamiento en los diferentes departamentos de la provincia. La primera, en el noreste provincial, que trata los desechos de los departamentos Junín y Chacabuco, está en funcionamiento desde hace un año.

Sin embargo, la recolección y tratamiento de los RSU es competencia municipal, por lo que necesitamos que cada localidad también establezca un plan, más allá que el Gobierno pueda asistir en algún caso”, explicó la ministra de Medio Ambiente, Daiana Hissa.

Para lograr un manejo racional de los residuos es necesario combatir los basurales a cielo abierto, promover el reciclaje y la utilización de los desechos e impulsar programas de concientización. Estas medidas traerán aparejado el cuidado del bosque nativo, la reducción de incendios forestales y de la contaminación. Todas están contenidas en la letra de la norma sancionada hoy.

La ley se aplica a los residuos sólidos urbanos y domiciliarios, excluye los aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), neumáticos fuera de uso o de desecho, los residuos peligrosos, patológicos, radiactivos y aquellos denominados especiales.

Los municipios deberán presentar ante el Ministerio de Medio Ambiente un plan de GIRSU para evitar la contaminación ambiental, que contenga pautas mínimas para cada etapa del proceso, establezca prácticas para prevenir el arrojo de residuos en basurales a cielo abierto e impida el establecimiento de nuevos basurales en sus respectivas jurisdicciones. Este plan será auditado por el Ministerio y su incumplimiento puede ser sancionado con una multa superior al millón de pesos.

Caracterización de basurales.
Caracterización de basurales.
Caracterización de basurales.

Medidas a incorporar

1 – Minimización, separación y reutilización de los desechos en la etapa de generación.

2 – Presentación de los residuos en la vía pública en horarios y modalidades establecidas por ordenanza.

3 – Recolección diferenciada y transporte con los medios y equipamiento adecuados, para promover la utilización de nuevas tecnologías para disminuir los costos y la eficiencia del sistema.

4 – Desarrollo, en manos de los municipios, de programas de saneamiento de basurales a cielo abierto.

Los municipios son los responsables primarios de establecer los lineamientos para disminuir los impactos negativos de la generación de residuos. El tratamiento de los RSU debe comprender su aprovechamiento, ya sea por separación selectiva, transformación por métodos químicos o bioquímicos, recuperación y reutilización de materiales.

Se podrá optar por cualquiera de las modalidades de tratamiento científicamente conocidas o la combinación de ellos, siempre que se evite el efecto contaminante y se obtenga un aprovechamiento de los componentes de los residuos.

Está prohibida la disposición final a cielo abierto de los residuos sólidos urbanos, su quema o cualquier sistema de tratamiento no autorizado. Si esto ocurriera, tanto el municipio como el titular del inmueble serán solidariamente responsables, por lo que tendrán ambos la obligación de remediar el daño ocasionado.

Para un mayor control, la ley crea además un Registro de Infractores de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

Nota y foto: Paula Kraliczek – Prensa Ministerio de Medio Ambiente



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