Comenzó la veda electoral de cara a las PASO
A partir de las 8:00 de este viernes tiene vigencia la veda electoral por las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del domingo 11.
En este marco quedan prohibidos los actos proselitistas, publicar y difundir sondeos pre-electorales, publicidad de candidatos en medios de comunicación, entre otras cosas. Qué se puede y qué no se puede hacer hasta el cierre de los comicios.
Según el cronograma electoral, a partir del viernes 9 a las 8:00 comienza el periodo de veda electoral. Según la Cámara Nacional Electoral consiste en la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales 48 horas antes de las PASO según lo indica el artículo 71 inciso f.
Catorce días antes de las PASO, a nivel nacional, y siete a nivel provincial, quedaron prohibidos los actos de gobierno que puedan impulsar la candidatura de los postulantes. Cristina Fernández fue denunciada por no respetar esa veda.
A partir de las 8:00 del viernes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe realizar actos públicos de proselitismo, la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector (no están incluidas las redes sociales ya que no existe organismo que las regule) y la publicación en medios de comunicación (sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros) de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.
Además, 12 horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos y tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, incluyen bares, pubs, boliches, etc.
En tanto, durante el acto electoral y hasta tres horas después del cierre de los comicios están prohibidos los espectáculos populares al aire libre, los espectáculos populares en recintos cerrados, las fiestas teatrales y deportivas, toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.
Por último, a ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibida la realización de reuniones de electores en los domicilios, la utilización de las viviendas como depósito de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.