Plan de austeridad: dieron a conocer el decreto que detalla las medidas oficiales
El Gobierno de San Luis anunció una serie de medidas de austeridad, determinadas con el objetivo de mantener la finanzas públicas equilibradas y continuar con al mismo ritmo con todas las políticas gubernamentales.
En este orden desde el Ejecutivo Provincial, se dio a conocer el decreto Nº 1092 que da cuenta de estas medidas.
El decreto textual:
VISTO:
– El comportamiento de los recursos tributarios coparticipables por Ley Nº 23.548. en los primeros meses del año 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que los ingresos percibidos por la Provincia en concepto de Coparticipación Federal Ley 23.548, presentan una variación interanual del 13% en términos nominales, dicha recaudación representa una disminución en términos reales;
Que las estimaciones económicas de consultoras privadas para el segundo semestre del presente año son muy pesimistas en lo concerniente al nivel de actividad de toda la República Argentina; Que la realidad económica referida hace necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, la continuidad de todas las políticas provinciales y el interés de los empleados dependientes de la administración pública;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
Art. 1° SUSPENDER el incremento del 7,50% previsto a partir del mes de Julio de 2012 por Art. 1° del Decreto Nº “301—MHyOP—2012, sobre todos los haberes de los funcionarios públicos desde el Gobernador de la Provincia hasta el cargo de Jefe de Subprograma o su equivalencia y todo el personal contratado fuera de escala de la administración.
Art. 2º SUSPENDER el pago del sueldo anual complementario correspondiente al año 2012 para aquellos comprendidos en el Art. 1° del presente decreto.-
Art. 3º SUSPENDER toda nueva designación y/o contratación de personal en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, a partir de la fecha del presente decreto y por el término de un año.
Art. 4º CONGELAR todas las vacantes existentes al día de la fecha en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial por el término de un año.
Art. 5º EXCEPTUAR por razones de interés público y deber indelegable estatal, de lo dispuesto en el Art. 3° y 4° del presente decreto, a los profesionales y técnicos de la salud, personal de sanidad, cobertura de cargos docentes y personal de seguridad. La provisión de los cargos enunciados será debidamente fundada y deberá mediar sin excepción la individualización de la vacante ofrecida para el otorgamiento del cargo.
Art. 6º INSTRUIR a todas las dependencias a actuar con la máxima austeridad en la ejecución de los gastos de funcionamiento.
Art. 7º FACULTAR al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a realizar las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias a los fines del cumplimiento del presente.
Art. 8º EXHORTAR a los representantes del capital estatal en las Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria, a los miembros del Directorio en las Sociedades del Estado, a los responsables de los organismos desconcentrados, descentralizados y entidades autárquicas se adopten las medidas supra dispuestas dentro de sus normas sociales, siendo todos ellos responsables personales del cumplimiento del presente.-
Art. 9º INVITAR al Poder Judicial a adherir e implementar las disposiciones del presente decreto.
Art. 10° INVITAR al Poder Legislativo a adherir e implementar las disposiciones del presente decreto.-
Art. 11° INVITAR al Tribunal de Cuentas de la Provincia a adherir e implementar las disposiciones del presente decreto.-
Art. 12° INVITAR a los Municipios a adherir e implementar las disposiciones del presente decreto.-
Art. 13º Hacer saber a todos los Ministerios, a San Luis Agua S.E., Laboratorios Puntanos SE, Constructora San Luis S,A.P.E.M., San Luis Telecomunicaciones S.A.P.E.M, Servicios y Consultora San Luis S.A.P.E.M, IMPROFOP, Instituto Mixto de Producción Forestal Provincial S.A.P.E.M, Energía de San Luis S.A.P.E.M., Sol Puntano S.A., Ente Coordinador Zona Franca, Zona Actividades Logísticas y Comercio Exterior, Programa Ente de Control de Rutas, Hotel Internacional Potrero de los Funes, San Luis Televisión, a la Universidad de La Punta, al Programa Capital Humano, Dirección Provincial de Análisis y Liquidaciones de Haberes, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, Oficina de Presupuesto Público, Senado de la Provincia, Cámara de Diputados de la Provincia, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas de la Provincia y a los Municipios de la Provincia.-
Art.14º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda y Obras Públicas, el señor Ministro Secretario de Estado de Relaciones Institucionales y Seguridad, el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de la Vivienda, el señor Ministro Secretario de Estado de Inclusión Social, la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, el señor Ministro Secretario de Estado del Campo, la señora Ministro Secretario de Estado de Medio Ambiente, la señora Ministro Secretario de Estado de Turismo y las Culturas, la señora Ministro Secretario de Estado de Deportes, el señor Ministro Secretario de Estado de Industria, Comercio, Minería y Transporte y el señor Secretario General de Estado Legal y Técnica.
Art. 15° Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-