Tiene media sanción la Ley Nacional del Manejo del Fuego
El día 16 de mayo obtuvo media sanción la Ley Nacional del Manejo del Fuego, aprobada por la Honorable Cámara de Senadores ya pasó a revisión a la de Diputados, donde se espera pronta aprobación.
El proyecto contó con el aporte de técnicos de ministerios de Ambiente de varias jurisdicciones provinciales, destacándose que el proyecto tiene variables ya que cae el paradigma de la no utilización del fuego por ninguna razón, permitiéndose a partir de ahora “fuegos planificados, que se dejan arder bajo condiciones ambientales previamente establecidas y para el logro de objetivos de manejo de una unidad territorial”, establece el art. 2º de la normativa.
Asimismo, además de instaurar la organización a través de un “Sistema Federal de Manejo del Fuego” que estará integrado por un Servicio Nacional, las provincias -a través de los organismos que determinen- y la Administración de Parques Nacionales, se hace hincapié en planes de “prevención, presupresión y supresión” y las obligaciones dela Nación y las Provincias, dentro de los cuales está la elaboración de un Plan Jurisdiccional de Manejo de Fuego y la organización de un sistema de respuesta operativa, con la implementación de sistemas de Alerta Temprana y Evaluación de Peligro de Incendios.
La provincia de San Luis, hace dos años y medio estableció -adelantándose a este proyecto y siendo casi única en esa modalidad-, la posibilidad de utilización del fuego de una manera racional y productiva, es así que se creó la Resolución Nº 1-PSLS Y PRN-2010, -un trabajo coordinado entre tres ministerios Relaciones Institucionales y Seguridad, Medio Ambiente y el Ministerio del Campo-, por la cual se permite a los productores hacer uso del fuego como una una herramienta que consuetudinariamente fue utilizada, estipulando previa inspección de inspectores del programa San Luis Solidario, quienes analizan la viabilidad de realizar quemas sin peligro considerando todas las medidas de seguridad y con el agregado del manejo de personal idóneo para el control del fuego en el momento de realizarlas, los bomberos voluntarios más cercanos o en su defecto la Brigada de Incendios Forestales de San Luis Solidario. Es así, que desde el establecimiento de la norma, se han realizado más ciento veinte quemas prescriptas o programadas, lo que demuestra la concientización de los productores agropecuarios y la aceptación de la misma, lo que trajo aparejado también como efecto relacionado una baja en las cantidad de hectáreas quemadas por incendios forestales.
La diferencia entre incendios y quema prescripta o programada es significativa, ya que el primero es un evento ígneo que se propaga sin control a través de la vegetación, por lo tanto no se tiene ningún tipo de dominio sobre sus efectos, destruyendo hábitat de flora y fauna, pérdida de bancos de semillas naturales, altera la biodiversidad, produce erosión eólica, se pone en riesgo vidas humanas y se afecta el medio ambiente ya que se produce una emanación descontrolada de dióxido de carbono íntimamente relacionada con el “Efecto Invernadero”. Por lo contrario, una quema prescripta consiste en la diestra aplicación del fuego en condiciones adecuadas de humedad del suelo, de los combustibles, de temperaturas ambiente y de vientos, de modo que permiten su confinamiento a un área determinada, permitiendo además reducir en forma controlada la acumulación natural de combustible por lo cual es considerada como una herramienta estratégica de prevención.