LEGISLATURA PROVINCIAL
martes, 20 julio de 2021 | 19:20

El Senado otorgó media sanción al proyecto de “Programa de Reactivación Productiva Provincial”

Este martes, la Cámara de Senadores de San Luis dio media sanción al proyecto de ley remitido por el Ejecutivo provincial que crea el “Programa de Reactivación Productiva Provincial”. Ahora, la iniciativa será tratada en Diputados.




El proyecto de ley de los créditos blandos y beneficios impositivos fue presentado por el gobernador Alberto Rodríguez Saá durante su mensaje el 1º de abril en la Legislatura provincial y fue explicado por la jefa de Gabinete de Ministros, Natalia Zabala Chacur, en la exposición del informe de gestión.

“La idea es entregar créditos de hasta un millón de pesos y, por otro lado, eximir del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los grandes contribuyentes que realicen inversiones y a los contribuyentes más pequeños -contribuyentes directos- que hayan disminuido sus ingresos en más de un 20% si se compara lo declarado en 2019 en relación con el 2020”, afirmó Zabala Chacur.

El senador Daniel Camilli, titular de la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Economía, expuso el proyecto en la jornada de este martes: “Busca contribuir, en el marco de la pandemia, a la recuperación de la economía en el ámbito de la provincia de San Luis, a través de créditos en dinero y exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos; la exención comprende el impuesto que se devengue desde la entrada en vigencia de la ley y hasta finalizar el período fiscal 2021”.

El proyecto está destinado a quienes realicen inversiones que aumenten su capacidad productiva y/o generen nuevos puestos de trabajo. El monto de la exención no podrá superar el 50% del impuesto declarado por el contribuyente, considerando los dos últimos ejercicios fiscales vencidos, el que fuere mayor; o hasta el monto de la inversión productiva aprobada en el caso de que esta sea inferior al porcentaje establecido anteriormente.

También tiene por objeto eximir del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes que revistan la calidad de directos, cuyos ingresos anuales declarados en el periodo fiscal 2020; sean gravados, no gravados o exentos y sin considerar la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA); no superen la suma de $ 29.000.000,00.

Podrán acceder al beneficio los contribuyentes antes detallados, cuyas Bases Imponibles para el período fiscal 2020 respecto de 2019, declaradas con anterioridad al 30 de junio de 2021, se hayan visto disminuidas en un importe no menor al 20% en términos reales.

 

Nota: ANSL / Prensa Senado de la Provincia.

Foto: Prensa Senado de la Provincia.

Video: ANSL.