PANDEMIA POR CORONAVIRUS

Publicaron el decreto que establece disposiciones para la provincia desde el 9 de noviembre hasta el 29 inclusive


Las medidas fueron informadas el lunes por el Comité de Crisis.

Los alcances de decreto N° 5832-JGM-2020 fueron anunciadas durante la noche del lunes en el reporte epidemiológico que brindó el gobernador Alberto Rodríguez Saá y el Comité de Crisis.

Entre algunas disposiciones, establece:

El horario de 6:00 a 23:00 para la circulación y realización de actividades autorizadas en toda la provincia, exceptuando de esto, únicamente, a las actividades definidas como esenciales, quienes deben contar con las autorizaciones de circulación correspondientes.

En la ciudad de San Luis, La Punta, Juana Koslay, Potrero de los Funes, El Volcán, Villa Mercedes y Lavaisse, que se encuentran en etapa de “Resguardo responsable”, tanto la circulación como la realización de actividades, se regirá por la terminación de DNI.

En el resto de la provincia, que se encuentra en etapa de “Distanciamiento físico”, la terminación de DNI no será requisito para circular o realizar las actividades autorizadas.

Nota y foto: ANSL.


Agencia de Noticias San Luis

ANSL es un medio informativo oficial del Gobierno de la Provincia de San Luis, Argentina.

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