COMITÉ DE CRISIS
lunes, 04 mayo de 2020 | 23:10

Una vez por semana, los padres y madres separados podrán trasladar a los hijos a la casa del otro progenitor

Lo establece la Resolución N°35 del Ministerio de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto.

“Con el fin de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes a mantener el régimen comunicacional con los progenitores y referentes afectivos no convivientes, se ha dictado la resolución N° 35, por la cual se exceptúa de dar cumplimiento con el aislamiento social, preventivo y obligatorio a aquel progenitor o referente afectivo que tenga que trasladar al niño a la casa del otro progenitor. Esto lo podrán hacer solamente una vez por semana y que coincida con la terminación del DNI que esté autorizado a circular en el día que se haga el traslado”, señaló el ministro Filomena.