SANIDAD ANIMAL
martes, 24 mayo de 2016 | 13:51

SENASA aprobó el plan de San Luis en brucelosis para movimientos bovinos

La medida se resolvió a partir de la propuesta alternativa que la provincia elevó ante la Resolución 38 de la entidad nacional. Ahora el Ministerio de Medio Ambiente, Campo y Producción, junto a los integrantes de la Comisión Provincial de Sanidad Animal, tendrá dos meses para anunciarles a los productores puntanos la nueva medida sanitaria y sus respectivos controles.

"Con esta medida controlamos la diseminación de una enfermedad que genera importantes pérdidas productivas", afirmó Martín Rodríguez.

“Con esta medida controlamos la diseminación de una enfermedad que genera importantes pérdidas productivas”, afirmó Martín Rodríguez.

Conociendo la realidad del sector pecuario puntano y con el objetivo de acompañarlo en pos de su crecimiento productivo, el Ministerio de Medio Ambiente, Campo y Producción había desarrollado una propuesta que se presentaba como alternativa a la Resolución Nº 38/2015 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

El dictamen de la entidad nacional establecía determinados requisitos sanitarios para el movimiento de bovinos y bubalinos en todo el país. Pero esta medida, que no tomaba en cuenta la situación de cada provincia a partir de su carácter unificador a nivel federal, no era aplicable a la realidad de terreno que viven los productores de San Luis.

Desde la provincia se elaboró un Plan de Acción Sanitario alternativo que, luego de más de un año de su presentación, fue aprobado por SENASA en lo que refiere a brucelosis bovina. “Esto da respuesta a una parte del Plan de Acción presentado por San Luis. Esta Circular es un progreso para la sanidad animal en la provincia y requiere del compromiso de todo el sector involucrado: productores, consignatarias y entidades oficiales para su implementación”, expresó el jefe del Programa Producción Agropecuaria y Arraigo Rural, Martín Rodríguez.

“Con esta medida controlamos la diseminación de una enfermedad que genera importantes pérdidas productivas y, además, tiene importancia en lo que refiere a la salud pública ya que se trata de una enfermedad zoonótica. A la par de los controles de movimientos, vamos a trabajar en un sistema de vigilancia epidemiológica activa tomando muestras de sangre en remates, ferias y centros de concentraciones de hacienda para su respectivo diagnóstico”, aseguró el funcionario.

Por otro lado, la otra enfermedad que proponía trabajar la cartera ministerial a partir de su Plan de Acción era la tuberculosis cuya propuesta, informó SENASA, aún se encuentra en proceso de estudio.

El Plan de Acción de San Luis fue elaborado por la Comisión Provincial de Sanidad Animal.

El Plan de Acción de San Luis fue elaborado por la Comisión Provincial de Sanidad Animal.

¿Qué dice la nueva Circular de SENASA?

La Circular 14/2016 del organismo nacional con fecha del 20 de mayo especifica que: “Todo movimiento interno, de egreso o de ingreso a la provincia de SAN LUIS con destino distinto a faena de bovinos en las categorías susceptibles (hembras mayores de DIECIOCHO (18) meses y machos enteros mayores de SEIS (6) meses) deberá contar con una serología negativa a Brucelosis válida por SESENTA (60) días”.

El dictamen de SENASA establece que el control será aplicado en todo San Luis, mientras que para el resto del país sólo se realizará cuando el movimiento de animales se efectúe a tierras puntanas.

La nueva norma fue comunicada este martes por el Ministerio a los integrantes de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA), entidad que, en forma unánime, propuso y aprobó el plan alternativo de San Luis ante la Resolución Nº 38/2015 de SENASA.

El próximo paso es informar a los productores de la nueva normativa, los controles que conlleva y su entrada en vigencia. Para esto la COPROSA, que es presidida por el Ministerio de Medio Ambiente, Campo y Producción, tiene un plazo de 60 días (hasta el 19 de julio) desde que se publicó la Circular.

¿Quiénes quedan exentos de la normativa?

La Circular de SENASA establece que quedan exentos los establecimientos certificados libres de brucelosis, las vaquillonas menores de 18 meses, el destino “a sí mismo” con motivo a invernada, los ejemplares destinados a establecimientos de engorde a corral y los movimientos a través de remates o ferias con motivo de faena.

 

Nota y fotos: Prensa Ministerio de Medio Ambiente, Campo y Producción.

Corrección: Berenice Tello.