CÓDIGO DE AGUAS DE LA PROVINCIA
jueves, 19 diciembre de 2019 | 13:55

Los usuarios del acueducto Cámara 35 – La Punta deberán empadronarse en el registro de San Luis Agua

Tras la reciente recepción para su administración del acueducto Cámara 35 – La Punta, San Luis Agua lanzó la convocatoria obligatoria a empadronamiento a los usuarios de la mencionada línea, según lo exige el Código de Aguas de la provincia.

Los usuarios tienen tiempo para empadronarse hasta el viernes 31 de enero de 2020. Es muy importante señalar que se trata de una condición obligatoria que en caso de incumpliendo, conlleva fuertes sanciones.

Usuarios de acueductos: ¿Por qué deben registrarse?

Cada uno de los usuarios de la red de distribución del agua cruda, sin excepción, deben registrarse y empadronarse en San Luis Agua. Al realizarlo, se da cumplimiento al reglamento de la provincia y cada uno recibirá un número de padrón, que contiene datos muy importantes como localización, latitud, tipo de uso del agua, toda información necesaria para que San Luis Agua, garantice una buena provisión del suministro.

Además, cada usuario registrado, debe contar con un caudalímetro colocado en su conexión, cuyo correcto mantenimiento es responsabilidad individual. Este requisito resulta indispensable para evitar multas, sanciones o incluso la suspensión del suministro, permitiendo también que la sociedad del Estado sea más eficiente a la hora de atender reclamos sobre cualquier avería en la red o falla en la provisión del servicio.

Toda la información requerida para el empadronamiento está disponible en la app y web oficial de San Luis Agua, www.sanluisagua.com.ar, en la pestaña “trámites” están alojados todos los formularios requeridos.

 

Nota y foto: Prensa San Luis Agua.