27 DE SEPTIEMBRE
viernes, 27 septiembre de 2019 | 18:09

Día Nacional de la Conciencia Ambiental

Desde 1995, cada 27 de septiembre en nuestro país se conmemora el Día Nacional de la Conciencia Ambiental. La fecha tiene como objetivo recordar los derechos y deberes relacionados con el ambiente, mencionados en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

Ácido sulfúrico y sales de cianuro, vertidos de manera inconsciente al sistema cloacal por los vecinos de la localidad bonaerense, provocaron el trágico desenlace. Las sustancias quedaron atascadas en las alcantarillas y el gas cianhídrico provocado ingresó por una rejilla a la casa de Manuel Nuin y María Ángela, quienes fallecieron junto a Horacio Nuin, Rosa Scala, Bibiana Otero, Roberto Voytezko y Orlando Cáceres; todos ellos habían acudido al domicilio para socorrer a los dueños de casa.

Aquel incidente ocasionó que, un par de años más tarde, la Legislatura nacional apruebe la Ley Nº 24.605, estableciendo el 27 de septiembre como el Día Nacional de la Conciencia Ambiental. La normativa busca generar actitudes y comportamientos sociales que cuiden el medioambiente.

¿Qué dice la ley?

La norma que declara el Día Nacional de la Conciencia Ambiental expresa que todos los años en dicha fecha, se recordarán en los establecimientos educativos, primarios y secundarios, los derechos y deberes relacionados con el ambiente mencionado en la Constitución Nacional. Asimismo, establece que las autoridades públicas que correspondan adoptarán las medidas pertinentes destinadas al permanente recordatorio de las víctimas fatales.

¿Qué dice el artículo Nº 41 de la Constitución Nacional?

“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”.

 

Nota: Prensa Secretaría de Medio Ambiente.

Foto: Archivo.