EDUCACIÓN
jueves, 08 noviembre de 2018 | 18:16

Modificaciones en el decreto reglamentario de las Estampillas Escolares

Los cambios se realizaron con el fin de promover y estimular la terminalidad de los estudios secundarios de los estudiantes.

Las modificaciones se realizaron con el fin de promover y estimular la terminalidad de los estudios secundarios.

El Gobierno de San Luis lleva adelante diversas iniciativas destinadas a los estudiantes de toda la provincia. Una de estas acciones es la Ley N° VIII-0752-2011, de Estímulo Educativo y Concientización del Ahorro “Estampillas Escolares de Ahorro para mi Futuro”, impulsada por el gobernador Alberto Rodríguez Saá durante su segunda gestión.

En ese sentido, y teniendo en cuenta que la problemática de jóvenes sin finalizar sus estudios obligatorios es una realidad que se presenta en las instituciones de todo el país, el Estado provincial efectuó una modificación del decreto reglamentario de la Ley de Estampillas Escolares, con el fin de promover y estimular la terminalidad de los estudios secundarios de los alumnos.

En primer lugar, el decreto reglamentario establece la modalidad en la cual deberá efectuarse el canje, el cual se realizará al tipo de cambio de compra del dólar estadounidense existente a la fecha en la cual se procede al mismo.

Por otra parte, en el artículo Nº 8 del decreto mencionado se establece el tiempo y las condiciones que se deben cumplir para acceder al beneficio por parte de los estudiantes. En ese sentido, el canje de las Estampillas Escolares será a partir de agosto de cada año a los alumnos que cumplan con lo establecido en el artículo Nº 8 de la ley y con los requisitos que a continuación se detallan:

1  – Contar con los dos últimos años de historial académico dentro del Sistema Educativo Provincial. En caso de no contar con este requisito, se procederá a canjear el proporcional correspondiente a la cantidad de años que el alumno o la alumna haya cursado en establecimientos educativos de la provincia de San Luis.

2 – Los estudiantes que, por adeudar materias, no obtengan el título correspondiente al Nivel de Educación Secundaria en un plazo no mayor a seis meses a partir de la finalización del cursado, perderán el derecho al canje de las estampillas escolares “Ahorro para mi Futuro”.

3 – Aquellos alumnos pertenecientes a las promociones del año 2011 hasta el año 2017, inclusive, que aún no hayan obtenido el título del nivel por adeudar materias, tendrán un plazo de seis meses (a partir de la fecha del decreto) para rendir las mismas y obtener el título correspondiente. Caso contrario, perderán el derecho al canje de las de las estampillas escolares.

 

Nota y foto: Prensa Ministerio de Educación.