viernes, 17 mayo de 2013 | 20:03

Medio Ambiente evalúa los Estudios de Impacto de proyectos turísticos en La Punta

El Ministerio de Medio Ambiente evalúa los Estudios de Impacto Ambiental de la propuesta de la Agencia Financiera de Loterías, Casinos y Juegos de Azar de la Provincia.

El objetivo de la propuesta de la Agencia es que inversores privados desarrollen proyectos económicamente sustentables para impulsar inversiones del sector privado en La Punta, preseleccionada para los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos 2015.

Las propuestas deben cumplir, como premisa fundamental, la promoción de la actividad turística, cultural, comercial y productiva de la localidad.

Para realizar estas evaluaciones se conformó una Comisión Pública Intersectorial ad hoc, integrada por representantes de la Agencia Financiera de Loterías, Casinos y Juegos de Azar, San Luis Agua S.E., Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, Ministerio de Turismo y las Culturas, Municipalidad de La Punta y Ministerio de Medio Ambiente. Si bien sus observaciones no son vinculantes, sus aportes pueden mejorar notablemente las futuras obras.

“Será la primera vez que se reúne una Comisión de estas características y es para nosotros un importante antecedente, ya que además del análisis de los estudios previos (prefactibilidad) presentados, la Comisión recomendó un análisis de las cuencas hídricas locales y prevenir así riesgos de inundaciones en épocas de máximas precipitaciones”, señaló la ministra Daiana Hissa.

¿Cómo se realiza un estudio de impacto ambiental?

Los Estudios de Impacto Ambiental, EIA, comienzan con la presentación de un formulario (Solicitud de Categorización) por parte de la  empresa al Ministerio. Con esto se define el nivel de complejidad ambiental del proyecto. Pueden surgir tres categorías: si pertenece a la primera, significa que tiene baja complejidad ambiental y no debe presentar EIA. En este caso el Ministerio de Medio Ambiente emite una constancia de categorización y un Certificado de Aptitud Ambiental.  Si el proyecto, por su complejidad ambiental, pertenece a la segunda o tercera categoría, se debe presentar un Estudio de Impacto, en el caso de un emprendimiento nuevo; o una Auditoría Ambiental si se trata de una actividad prexistente.

Tanto los EIA como las Auditorías deben ser elaboradas por profesionales matriculados en el  Área Evaluación de Impactos Ambientales del Ministerio de Medio Ambiente. Los profesionales del Área realizan las inspecciones en las obras, observando que el detalle presentado en la Solicitud de Categorización sea preciso y completo.

Una vez comprobados los datos aportados por las empresas, el procedimiento de evaluación culmina con la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental, que puede aprobar la actividad o proyecto completamente, con observaciones o rechazarlo. En el primer caso, se emite el Certificado de Aptitud Ambiental; en el segundo, se incluyen observaciones a cumplir en un plazo determinado. Si el estudio es rechazado no se autoriza el desarrollo de la actividad. En el documento que lo rechaza se fundamentan detalladamente los motivos para que la empresa pueda realizar las modificaciones necesarias.

Items más importantes

Los profesionales que realizan los EIA deben tener en cuenta aspectos claves para el desarrollo de un emprendimiento:

1)      Conveniencia de la instalación de cierto procedimiento en determinado lugar.

2)      Conocer si el emprendimiento generará efluentes, si es así qué proceso productivo afectará al ecosistema.

3)      Una clara definición del área de influencia, que suele ser lo mas difícil de establecer.

4)      La descripción detallada del proyecto y sus potencialidades ampliaciones.

5)      Completo Plan de Manejo Ambiental, adecuado al proyecto y a las características del lugar de emplazamiento.

6)      Establecer en qué medida hará uso de los recursos de la región.

7)      Características de eficiencia energética y de ahorro de agua que deberá tener el proyecto.

Las propuestas deben cumplir, como premisa fundamental, la promoción de la actividad turística, cultural, comercial y productiva de la localidad.

Las propuestas deben cumplir, como premisa fundamental, la promoción de la actividad turística, cultural, comercial y productiva de la localidad.