jueves, 24 mayo de 2012 | 13:04

Diputados dieron media sanción el Proyecto de Ley de Expropiación transitoria

El gobernador de la Provincia, CPN. Claudio Poggi, envió a la Legislatura un proyecto para modificar la Ley General de Expropiaciones para incorporar la figura de Expropiación Temporaria “en pos de procurar y garantizar fuentes de trabajo” a través de la reactivación de fábricas y otros emprendimientos, el que ya tiene la aprobación de Diputados.

De esta forma, el gobierno de San Luis impulsará actividades sociales, educativas, culturales, deportivas, agrarias, industriales, económicas y todas las que sean de interés público en los predios expropiados aunque, aclaró, “su titular continuará manteniendo la propiedad del mismo”.

El 1 de abril, en la inauguración de sesiones de la Legislatura, el gobernador Claudio Poggi se refirió al caso puntual de una fábrica ubicada en la localidad de Concarán, que había dejado de abonar los salarios y los empresarios dejaron de concurrir a reuniones conciliatorias.

Al respecto, sostuvo que “hay casos puntuales en los que el Estado tiene que intervenir” y recalcó a “los hombres de negocios que no se confundan con inseguridad jurídica ni mucho menos”.

Poggi recordó que se los había citado de todas las maneras legales existentes sin lograr su concurrencia por lo que dijo que “a esos empresarios, con esas empresas vamos a tomar medidas”.

El mandatario aclaró que no pretendía “con esto alterar la seguridad jurídica, sino que es una herramienta contra los empresarios pícaros, para cuidar las fuentes de trabajo sanluiseñas. Tampoco el Estado se va a convertir en un Estado empresario, por eso es una expropiación temporaria”.

El texto del proyecto de ley presentado sustituye el inciso c) del artículo 7° de la Ley General de Expropiaciones 128-2004.

Según los fundamentos del proyecto, quedarán afectados a la expropiación temporaria “los bienes destinados a la instalación, funcionamiento, reorganización, recuperación, reinstalación y/o reactivación productiva de establecimientos industriales públicos o privados, o de actividades sociales, educativas, culturales, deportivas, agrarias, industriales, económicas y todas aquellas que sean de interés público”.

Asimismo, el texto presentado para su aprobación señala que “cuando por razones de utilidad pública resulte necesario el uso transitorio de un bien, puede recurrirse a la expropiación temporaria del mismo”.

“La expropiación temporaria por causa de utilidad pública constituye un derecho real administrativo, a favor del expropiante, sobre un bien ajeno cuyo titular continúa manteniendo la propiedad del mismo”, añadió el texto.

Señaló que, en el caso de expropiación temporaria, “la indemnización a pagar consistirá en un canon mensual equivalente al cero coma cinco por ciento (0,5%) del importe de la valuación fiscal del inmueble establecida por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos, con más un treinta por ciento (30%) aplicado sobre el referido porcentaje”.

“Si sólo se tratara de bienes muebles o derechos, la suma será la que fije el juez”, puntualizó el articulado y señaló que “el uso del bien expropiado puede ser ejercido de manera directa por el expropiante o por un tercero cesionario”.

Esta iniciativa busca garantizar a los trabajadores que, aun cuando la empresa haga abandono de su planta productiva, los mismos puedan continuar con la fuente de trabajo por sí, por ejemplo, a través de las cooperativas de trabajo, o por intermedio de terceros.